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Chile quiere autorizar el autocultivo con prescripción médica

Chile quiere autorizar el autocultivo con prescripción médica

Por: Fundacion Daya Activismo

Nuevo proyecto de ley en Chile busca que las recetas médicas que prescriben el uso medicinal del cannabis funcionen como autorización para sus cultivos domésticos

Luego de la fuerte presión ejercida por la ciudadanía chilena durante 2014, con marchas a favor de la regulación del cannabis que llegaron a reunir a medio millón de personas en las calles de Santiago, a principios de 2015 la Comisión de Salud del parlamento comenzó a discutir un proyecto de modificación a la ley, buscando resguardar los derechos de los usuarios del cannabis, regular el acceso a esta y otras substancias y acabar con la incertidumbre jurídica que genera el espacio discrecional de la actual la ley.

En Chile, tal como lo dice el nombre de la ley 20.000, ésta busca “sancionar el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas” pero permitiendo su uso “personal, exclusivo y próximo en el tiempo”. Es decir, lo importante en el ordenamiento jurídico chileno es para qué se cultiva (uso personal, lícito / tráfico, ilícito) y no cuánto se cultiva. Sin embargo, la falta de definición de umbrales en la actual ley genera un ámbito discrecional que perjudica a los usuarios, lo que ha permitido que existan diferencias de criterios entre el accionar de las policías y el Ministerio Público con el del Poder Judicial.

Mientras las policías y los fiscales suelen detener y perseguir a usuarios sólo por el hecho de poseer un cultivo –el cual es completamente lícito, como ya señalamos- el poder judicial, en la gran mayoría de los casos, deja libres o sobreseen a los usuarios, una vez que estos demuestran que su cultivo estaba destinado al uso personal o medicinal y no al narcotráfico.

Chile quiere autorizar el autocultivo con prescripción médica

Esto no siempre fue así: antes de las marchas ciudadanas y el trabajo de las organizaciones pro regulación, la persecución hacia usuarios y cultivadores para consumo personal era aún mayor, con penas que se equiparaban a las del narcotráfico. El respeto a la letra de la ley 20.000 y su espíritu original comenzó a ser una realidad a partir de un primer fallo positivo de la Corte Suprema en junio del 2015, al que le siguieron múltiples fallos de diversos tribunales que han permitido el sobreseimiento de ciudadanos procesados por cultivo y/o porte. A pesar de ello, siguen siendo numerosos los casos en que usuarios medicinales y recreativos son criminalizados sólo por ejercer su derecho al autocultivo, el cual como señalamos, está permitido por la actual ley chilena.

Esto no sólo ocupa recursos de las policías y tribunales que podrían ser destinados a la persecución de verdaderos delitos, sino que provoca en los usuarios una criminalización innecesaria, un daño a su honra en el entorno social en que se desenvuelven –suelen ser esposados y arrestados en sus hogares, siendo tratados como delincuentes frente a sus vecinos solo por estar ejerciendo un derecho que la ley les otorga- y en el caso de los usuarios medicinales atenta contra sus Derechos Humanos, poniendo en riesgo sus vidas ya que las plantas le son incautadas, interrumpiendo así su tratamiento

Buscando acabar con esta situación, en 2015 la Comisión de Salud del Congreso chileno comenzó a discutir un proyecto de modificación de la ley que buscaba establecer cantidades máximas para el acopio, porte y cultivo de cannabis para uso personal. Las cantidades propuestas por el proyecto original era que se autorizara sólo por el imperio de la ley, los cultivos domésticos que no excedieran las seis plantas por domicilio, o un metro cuadrado y 500 grs. de acopio como máximo en un mismo domicilio.

A pesar de que en un comienzo las fuerzas políticas expresaron su intención de legislar en la materia para hacerse cargo de las exigencias ciudadanas, con el devenir de la discusión el proyecto sufrió numerosas modificaciones que desvirtuaron su espíritu original a tal punto, que de aprobarse dicho proyecto significaría un gran retroceso con respecto a la situación actual.

Los cambios no sólo vinieron de los sectores más conservadores de la sociedad chilena, sino que del mismo poder ejecutivo que presentó indicaciones que dificultaban aún más a los usuarios de cannabis, particularmente los medicinales, satisfacer sus necesidades terapéuticas. Un sólo ejemplo; el Ejecutivo pretende que sólo se permita el cultivo de una planta por persona, lo cual, sin duda, no refleja las reales necesidades de provisión de los usuarios de cannabis.

En la experiencia de Fundación Daya –principal organización chilena en el uso terapéutico del cannabis- guiando a más de 10.000 pacientes a lo largo de Chile, una planta resulta absolutamente insuficiente para cubrir las necesidades de la mayoría de ellos, más aún cuando se trata de personas que enfrentan patologías severas. Es por ello que dicha organización ha decidido quitar su respaldo al actual proyecto de modificación de la ley.

Estos cambios que desvirtuaron el proyecto original, impulsados por el gobierno chileno resultan paradójicos, ya que en diciembre de 2015, bajo la misma administración, se logró que la Ministra de Salud, Carmen Castillo, y la Presidenta Michelle Bachelet, firmaran una modificación a los decretos 404 y 405 del Código Sanitario, permitiendo así la elaboración, importación y exportación de fitofármacos en base a cannabis, y su venta en farmacias mediante receta retenida. Esto como consecuencia del trabajo impulsado por organizaciones pro regulación como Fundación Daya, Movimental, Red Chilena de Reducción de Daños, Triagrama, entre otras.

Chile quiere autorizar el autocultivo con prescripción médica

Para ello, desde aquella fecha en el Código Sanitario chileno la cannabis se encuentra clasificada en lista 2, es decir, es considerada una sustancia  “productora de dependencia física o síquica” pero que no puede provocar daños graves en la salud.

Paradójicamente en el reglamento 867 que regula la ley 20.000, en la actualidad el cannabis sigueen Lista 1, al igual que la metanfetamina, cocaína y heroína, a pesar de las promesas del gobierno por cambiarla de lista. Es decir, se considera como una de las “sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, productoras de dependencia física o síquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud”, contradiciendo lo señalado por el porpio Ministerio de Salud.

La sociedad chilena tiene una de las miradas más liberales en cuanto al consumo de cannabis en la región. Un estudio realizado en nueve países de Latinoamérica por el Observatorio de Políticas de Drogas y Seguridad Humana reveló que los chilenos declaran el mayor consumo de cannabis en la región, y que Chile es uno de los países más proclives a realizar reformas en torno al tema, con un 48,2% de apoyo para legalizar el cannabis y un 52% que está de acuerdo con su uso recreacional. La encuesta además arrojó la cifra más baja en percepción de riesgo del consumo de cannabis, con 6,9 puntos de una escala de 1 a 10. De esta forma Chile se ubica, junto a Uruguay, país que legalizó el cannabis con un 42% de apoyo, como uno de los países de la región más liberales en torno al tema.

A pesar de el amplio apoyo ciudadano por legalizar o regular de mejor manera el uso y consumo de cannabis, como hemos visto el poder político no se ha hecho cargo de esta demanda ciudadana. Ante esta situación, un grupo de diez diputadas y diputados chilenos presentó la semana recién pasada un proyecto de “ley corta” que busca resguardar de mejor manera los derechos al autocultivo de los usuarios de cannabis medicinal, para que la receta médica funcione como autorización para sus cultivos domésticos, evitando así la innecesaria criminalización y persecución penal que se produce por la diferencia de criterios entre fiscales y policías versus la defensa del espíritu de la ley realizada por parte del poder judicial.

“Nos habría gustado avanzar muchísimo más con un proyecto que no sólo regulaba el uso medicinal del cannabis sino que también a su uso recreativo, pero lamentablemente las trabas que se pusieron en el camino no nos pueden hacer seguir esperando. Las madres, los niños y todas aquellas personas que usan el cannabis de manera medicinal no pueden seguir esperando, arriesgándose todos los días a una persecución legal, a partir de una Ley 20.000 que no está a la altura de esta necesidad”, señala la diputada Karol Cariola, principal impulsora del proyecto.

“Es por ello que hemos decidido seguir otro camino: presentar un proyecto de ley corto, que hace referencia especialmente a resguardar el derecho de las madres de niños enfermos y de las personas que padecen de alguna patología, la posibilidad de cultivar cannabis y utilizarla con fines medicinales. Esto, a través de una modificación del código sanitario que permite que los médicos que ya están prescribiendo cannabis para distintas patologías, lo puedan seguir haciendo, y que esa receta sea el único respaldo necesario para que las familias puedan cultivar y crear su propia medicina”, explicó.

“Este ha sido un proyecto que hemos trabajado con Fundación Daya y Mamá Cultiva. Ellas son las que viven la urgencia diaria de los niños y pacientes que deben acceder a un tratamiento alternativo, el cual no reciben ni en los hospitales, ni en la clínicas, ni en las farmacias de este país. En Chile ya se están internando medicamentos en base a cannabis pero estos siguen siendo inaccesibles para las personas que no tienen los recursos para poder comprarlos. Sin embargo, cualquier persona puede tener los recursos para cultivar su medicamento en el patio de su casa. Y eso es lo que hoy queremos volver a defender y resguardar”, señaló.

En la ocasión, Ana María Gazmuri, directora ejecutiva de Fundación Daya, señaló que “sin duda hubiésemos querido que se avanzara con el proyecto original de modificación a la ley 20.000 que buscaba generar una regulación en todos los aspectos del cannabis. Pero frente a esta indolencia y a un Estado ausente de comprometerse realmente con las necesidades de los ciudadanos, pensamos que esta modificación al menos garantiza que se termine con la persecución y criminalización de los usuarios medicinales”.

“Esta modificación que hoy se ingresa, va en la dirección de garantizar que una prescripción médica sea prueba suficiente de que ese cultivo está destinado a un uso medicinal y cesar así con la grave vulneración de derechos que hoy afecta principalmente a niños con severas enfermedades neurológicas y a muchos adultos mayores, a pacientes oncológicos y de diversas patologías de difícil manejo.

No puede ser que los pacientes además de tener que cargar con las graves consecuencias de sus enfermedades teman ser criminalizados y lo que es aún más grave: deban sufrir la incautación de sus plantas, poniendo en riesgo su salud y su vida. Eso no puede seguir ocurriendo en nuestro país, no corresponde porque es una grave violación de sus DD.HH. Agradecemos este impulso y esperamos que se concrete a la brevedad posible para darle tranquilidad a tantas miles de familias a lo largo del país que han encontrado en el uso medicinal del cannabis un alivio a sus enfermedades”, resumió finalmente, la directora ejcutiva de Fundación Daya.

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