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En Chile, el autocultivo de cannabis es legal

En Chile, el autocultivo de cannabis es legal

Por: Fundacion Daya Activismo

 

 

Este vídeo es una herramienta que busca dejar claro que en Chile el autocultivo de cannabis para consumo personal y/o medicinal se encuentra despenalizado, a pesar de haberse malinterpretado sostenidamente por años la ley 20.000.

Efectivamente, desde su promulgación en el año 2006, durante el gobierno de Ricardo Lagos Escobar, a pesar de que la letra así no lo indica, se constituyó en una herramienta para perseguir y criminalizar a los usuarios de sustancias, particularmente de cannabis. Esto significó un drástico aumento en las detenciones y procesos judiciales por ley de drogas, pasando de 18.635 detenciones por consumo, porte o cultivo y 13.678 por tráfico entre los años 2002 y 2004, a 47.716 detenciones por consumo, porte o cultivo y 21.655 por tráfico entre los años 2005 y 2007.

La situación empeoró dramáticamente cuando se cambió de lista el cannabis, quedando en lista 1, lo que implica que es una sustancia de igual peligrosidad y toxicidad que la heroína o la cocaína, sin valor médico alguno, lo que, a todas luces, está absolutamente divorciado de la realidad.

En Chile, el autocultivo de cannabis es legal

Este cambio de lista, que agrandó el daño social generado por la sesgada interpretación de la ley que prevalecía en esos días oscuros, tuvo como ideólogo a Mariano Montenegro, como director del área de salud del en aquel entonces Conace, hoy Senda (Servicio Nacional de Drogas y Alcohol), conocido por su parcial visión sobre las drogas.

Irónicamente, este mismo personaje es hoy Director de Senda, grave error técnico, político y ético de la actual administración de la Presidenta Michelle Bachelet. Este error queda patente al constatar que la visión de la Presidenta es absolutamente contrapuesta con la del actual director; ella sostiene públicamente que el problema en Chile con las drogas no es el uso personal ni medicinal, sino las redes de narcotráfico que asolan nuestro país. Montenegro, en cambio, afirma que en Chile el problema no es es el narcotráfico, sino el consumo. ¡Realmente incomprensible!

A pesar de esta situación de constante y sostenida vulneración de derechos de los usuarios de sustancias, particularmente de cannabis, su uso en Chile continuó estable, con un creciente movimiento cannábico con actores relevantes como Movimental, quienes organizan todos los años la marcha “Cultiva Tus Derechos”, junto a la revista Cáñamo, como Amigos del Cannabis, entre otras organizaciones de usuarios

El año 2013 este escenario comienza a cambiar, gracias al despertar de un fuerte movimiento por el cannabis medicinal, situación que comienza a permear y transformar la percepción colectiva sobre esta planta. Fundación Daya y Fundación MamáCultiva, entre otras organizaciones, como CultivaMedicina, son sin duda motores esenciales de este cambio de paradigma, al empoderar a los pacientes en la defensa de su autonomía y libertad para decidir sobre su salud y su vida.

Por otro lado continuaba el razonable temor a la criminalización, situación que también evoluciona al comenzar a existir fallos de la Corte Suprema que consignan con claridad que el cultivo para uso personal y/o colectivo es un acto lícito, permitido por la ley, ya que ésta sólo busca perseguir las acciones vinculadas al tráfico. Este primer fallo fue en el caso de Paulina González, miembro del colectivo Triagrama, el primero de muchos que han seguido, sentándose un precedente jurídico de la máxima importancia. Sin duda los miembros de la Corte Suprema, así como la Defensoría Penal Pública han sido actores claves para cristalizar esta nueva mirada, más respetuosa con la soberanía personal de los usuarios, de su condición de seres libres y autónomos que tienen derecho a decidir cómo buscar su salud y su bienestar, tanto físico como anímico o espiritual.

Los fallos y triunfos judiciales de usuarios apoyados por Fundación Daya durante los últimos meses son:

  • David Araya: uso de cannabis por dolor crónico producto de un accidente que ocurrió cumpliendo con sus labores. Ex Carabinero (Policía Nacional de Chile), fue dado de baja de la institución por ser acusado por microtráfico y cultivo ilícito de cannabis. Luego del juicio fue absuelto de manera unánime por el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, al acreditar que el porte y cultivo de cannabis estaba destinado a la atención de un tratamiento médico.
  • Christian Reyes Lara: Cabo 2° del Ejército de Chile, aquejado por un cáncer de próstata, fue desvinculado de la institución en octubre de 2015 por consumo de cannabis con fines medicinales. Se presentó un Recurso de Protección frente a la Corte de Apelaciones de Antofagasta y ésta lo acogió, lo que luego fue revocado por la Corte Suprema de Justicia.
  • Ricardo Budín: Padre de hijo con Síndrome de West. Allanaron su hogar sin orden judicial, y le confiscaron las plantas de cannabis que usaba para el tratamiento médico de su hijo. Se presentó un Recurso de Amparo y Protección, argumentando el uso medicinal de este cultivo. La Corte de Apelaciones de San Miguel, en primer término, rechaza el Recurso de Amparo, el que posteriormente fue acogido por la Corte Suprema y ordenó una investigación a los funcionarios policiales, además de la abstención de realizar acciones que afecten la salud del niño.
  • Feliciano Canales: condenado a una pena de 83 días de presidio y a pagar una multa de 40 UTM (cerca de 2.500 euros) por cosechar y cultivar cannabis. Ante esto, presentó un recurso de nulidad en la Corte Suprema, donde fue acogido, y fue la misma institución la que ordenó la anulación de la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua.

Y estos fallos están en lo correcto, por lo consignado en los artículos 4, 8 y 50. https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=235507

Partiendo de esta correcta lectura de la ley 20.000, Fundación Daya trabaja para empoderar a los usuarios, dejándoles claro cuáles son sus derechos, y qué deben hacer frente a un procedimiento policial. No podemos olvidar que el autocultivo es hoy la única vía de acceso para quienes quieran beneficiarse de sus usos terapéuticos. Justamente dejar esto muy en claro esa es la finalidad de este video, que se complementa con el Instructivo Fundación Daya y MamáCultiva. (http://www.fundaciondaya.org/wp-content/uploads/2016/03/INSTRUCTIVO-PARA-ACREDITAR-EL-USO-MEDICINAL-DEL-CANNABIS-FRENTE-A-PROCEDIMIENTOS-POLICIALES2.pdf)

Aún así, la ley 20.000 tiene contradicciones, artículos inconstitucionales y falta claridad, y eso es lo que se ha estado discutiendo en mesas de trabajo en relación a políticas de drogas, tanto en el Poder Legislativo como en el Ejecutivo, para ajustar la legislación acorde a las necesidades de la ciudadanía. Actualmente la modificación a la ley 20.000 se encuentra en discusión en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados. El año pasado, en Sala Plena de la Cámara de Diputados, se aprobó con una gran mayoría la idea de legislar.

Bajo este nuevo escenario que emana de la visión del Poder Judicial, está por verse si realmente vale la pena continuar con el proyecto de modificación de la ley, o resulta mejor seguir al alero de nuestra vieja conocida, la ley 20.000.

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Kannabia accept no responsibility for any illegal use made by third parties of information published. The cultivation of cannabis for personal consumption is an activity subject to legal restrictions that vary from state to state. We recommend consultation of the legislation in force in your country of residence to avoid participation in any illegal activity.

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