Hola,
La cantidad no es lo más relevante. Lo que realmente importa es la finalidad de la posesión, grosso modo, si es para el propio consumo o para tráfico.
La tenencia para el consumo propio en vía pública es constitutiva de infracción administrativa. Origina un procedimiento administrativo sancionador y siempre tienes el derecho de interponer recurso. No es necesario que el recurso vaya firmado por un abogado. En este mismo consultorio tienes una respuesta que te puede resultar de interés, el post en concreto, es el de fecha 28 de octubre de 2016 cuyo título es recurrir una multa por fumar marihuana en vía pública.
Si quieres enfocar la cuestión desde otro punto de vista, estoy a tu disposición para responderte.
Un cordial saludo,